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- Porque generan derechos y responsabilidades diferentes a las partes involucradas.
- Porque permite reglamentar las medidas preventivas y medios de seguridad laboral para reducir o eliminar su aparición.
Para atribuir el carácter de profesional a una enfermedad es necesario tomar en cuenta algunos elementos básicos que permiten diferenciarlas de las enfermedades comunes:
Agente: Debe existir un agente en el ambiente de trabajo que por sus propiedades puede producir un daño a la salud.
Condiciones: En algunos casos el agente pueden ser las condiciones o características del trabajo.
Exposición: Debe demostrarse que el trabajador afectado estuvo expuesto al agente o condiciones de trabajo nocivas que fueron capaces de provocar daño a su salud.
Exposición: Debe demostrarse que el trabajador afectado estuvo expuesto al agente o condiciones de trabajo nocivas que fueron capaces de provocar daño a su salud.
Enfermedad: Debe haber una enfermedad claramente definida en todos sus elementos clínicos anátomo - patológicos y terapéuticos, o un daño al organismo del o los trabajadores expuestos a los agentes o condiciones señalados antes.
Causalidad: Deben existir pruebas de orden clínico, patológico, experimental o epidemiológico, consideradas aislada o concurrentemente, que permitan establecer una sensación de causa-efecto, entre la patología definida y la presencia en el trabajo.
En una gran parte de los casos resulta difícil establecer la presencia de los elementos tratados arriba y que permiten determinar con claridad el carácter profesional de una enfermedad sufrida por un trabajador, algunas de las razones son:
Diferencias biológicas: En relación a un mismo riesgo o condición patógena laboral, no todos los trabajadores enferman y los que enferman no lo hacen todos al mismo tiempo ni con la misma intensidad.
Multicausalidad: Una misma enfermedad puede tener distintas causas o factores laborales y extra laborales que actúan al mismo tiempo y que contribuye a su desencadenamiento.
Cuadro clínico: La mayoría de las enfermedades profesionales no tienen un cuadro clínico específico que permita relacionar la sintomatología con un trabajo determinado.
Condiciones de exposición: Un mismo agente puede presentar efectos nocivos diferentes según las condiciones de exposición y vía de ingreso al organismo.
Como la determinación de la posibilidad de que la enfermedad de un trabajador o grupo laboral tenga carácter profesional presenta cierta dificultad, se establecen por las leyes y reglamentos de muchos países ciertas normas, definiciones y listas de agentes de riesgo que hacen más viable esta determinación. Entre ellos están:
Lista de agentes: Esta lista contiene todos los agentes químicos, físicos, biológicos y condiciones de trabajo que se conozca fundadamente son capaces de producir un daño a la salud.
Niveles de exposición: Es un compendio de los niveles y el tiempo de exposición a los agentes patógenos que se consideran seguros en el ambiente de trabajo. Puede incluir límites de carga corporal permitida etc.
Enfermedades: Establece los cuadros clínicos atribuibles a cada uno de los agentes de la lista, deben ser bien definidos, tanto en su caracterización clínica como anátomo-patológica y claramente referidos al tipo de exposición que los produce y los plazos entre la exposición y la aparición de los síntomas y signos.
Enfermedades: Establece los cuadros clínicos atribuibles a cada uno de los agentes de la lista, deben ser bien definidos, tanto en su caracterización clínica como anátomo-patológica y claramente referidos al tipo de exposición que los produce y los plazos entre la exposición y la aparición de los síntomas y signos.
Tomado de: sabelotodo.org
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